¡Atención a todos! ¡Estamos emocionados de anunciar que hemos sido seleccionados como finalistas en los prestigiosos Premios de Marketing Inmobiliario de Inmocionate 2023, organizados por UCI del grupo Santander! ¡Es un gran logro para nuestra empresa y estamos encantados de compartir esta noticia con todos!
Nuestra campaña de marketing, titulada «Desvelamos nuestros secretos para vender una vivienda en menos de 90 días», ha captado la atención y ha sido reconocida por su innovación y enfoque único. Queríamos compartir nuestras estrategias y consejos para vender una propiedad de manera eficiente y rápida.
En estas tres páginas interactiva, podrán ver videos donde compartimos todos nuestros secretos y consejos para tener éxito en la venta de una vivienda. Nuestro objetivo es ofrecer las herramientas necesarias para que puedan vender por sí mismos o elegir la inmobiliaria adecuada para sus necesidades.
En el primer video, les explicamos cómo acertar con el precio de venta, cómo interpretar el mercado inmobiliario local y cómo calcular los beneficios y gastos asociados a la venta. Además, tendrán la oportunidad de descargar el Informe del Mercado Inmobiliario de Huelva y realizar una valoración online gratuita de su vivienda.
VIDEO 2
En el segundo video, revelamos cómo crear anuncios efectivos que atraigan a compradores reales y eviten errores comunes. También ofrecemos la descarga gratuita de nuestro e-book «Los 5 errores más frecuentes al vender una vivienda en Huelva«.
Y por último, en el tercer video, compartimos valiosos consejos sobre cómo cerrar una venta de manera efectiva, resumiendo todas las etapas del proceso de comercialización y destacando nuestras propias estrategias de trabajo. También podrán descargar la calculadora de la nueva plusvalía municipal y la calculadora de impuestos de Hacienda, para tener una idea precisa de los costos asociados a la venta.
Estamos muy agradecidos por el apoyo que nos han brindado hasta ahora y les pedimos que crucen los dedos mientras esperamos ansiosamente la entrega de los premios. Estas aventuras, nos motivan a continuaremos innovando y liderando el sector inmobiliario para ofrecerles el mejor servicio posible.
¡Gracias nuevamente por ser parte de nuestra emocionante trayectoria!
Si durante el ejercicio 2022 alquilaste o vendiste un inmueble estás obligado a declararlo
Fechas para confeccionar la declaración de Renta 2022:
11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
Si utilizaste la mediación profesional de gesticasa.es, recibirás como todos sus clientes, un Informe Fiscal con los datos de la operación inmobiliaria realizada para que te resulte mas sencillo elaborar la Renta.
Además, para que hagas estimaciones o simplemente sepas antes de hacer la renta, cuántos impuestos tendrás que pagarle a Hacienda por vender o arrendar un inmueble, hemos creado las siguientes calculadoras fiscales:
Si has vendido una vivienda, pincha en el siguiente botón:
De forma GRATUITA, on-line y en menos de un minuto podrás saber cómo afectan las distintas operaciones inmobiliarias a tu declaración de la renta.
Si conoces a alguien, que le preocupan los impuestos por vender o alquilar una vivienda, y crees que le resultará interesante realizar una estimación con nuestras calculadoras, envíale este post utilizando los botones de arriba o abajo de las redes sociales.
Además de las ganancias por las ventas de inmuebles y los rendimientos de los arrendamientos, también debes incluir en la fiscalidad inmobiliaria las imputaciones de renta. Si eres propietario de inmuebles que no se han vendido, ni se han alquilado y no han sido tu residencia habitual, deberás declarar una renta como si hubieres obtenido ingresos por el mero hecho de ser propietarios de los inmuebles y haberlos tenido a su disposición.
Las ganancias patrimoniales, forman parte de la base imponible del ahorro y para 2022 se le aplicaran los siguientes tipos impositivos:
Tramo de Base imponible del ahorro
Tipo impositivo aplicable
menos de 6.000,00€
19%
6.000,00€ – 50.000,00€
21%
50.000,00€ – 200.000,00€
23%
más de 200.000,00€
26%
Existen algunas exenciones que permiten no tributar las ganancias patrimoniales, como por ejemplo:
Vivienda habitual: si se vende la vivienda habitual y se reinvierte el dinero obtenido en otra vivienda habitual en un plazo máximo de dos años antes o después de la transmisión.
Mayores de 65 años o persona en situación de dependencia severa o gran dependencia, si vende su vivienda habitual.
En cualquier caso, es importante tener en cuenta que las circunstancias específicas de cada caso pueden variar, por lo que te recomendamos que consultes a un asesor fiscal especializado que te dé información precisa y detallada.
En 2023, no se podrá subir más de un 2% la renta de alquiler. Los arrendamientos que finalicen antes del 30 de junio, se prorrogarán 6 meses más. El Gobierno ha ampliado hasta el 30 de junio la suspensión de los desahucios Están surgiendo asociaciones de arrendadores a favor de solicitar compensaciones al Estado. Algunos medios de comunicación están demonizando a los arrendadores.
El pasado 27 de diciembre de 2022 el Consejo de Ministros aprobó la prorroga del límite del 2% a la subida de los alquileres, que fue acordada el 29 de marzo de 2022 en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales que la invasión de Rusia en Ucrania está teniendo en los ciudadanos.
El objetivo de esta medida extraordinaria es atenuar los efectos que la subida en el índice más habitual en los contratos de arrendamientos (IPC).
La actualización de la renta no podrá superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que publica el Instituto Nacional de Estadística cada mes y que está topado en el 2%. La utilización de este índice de referencia responde a razones de extraordinaria y urgente necesidad.
¿Cómo se puede incrementar la renta de alquiler de una vivienda?
El inquilino de una vivienda puede negociar con el arrendador el incremento de su renta.
Si el arrendador es un gran tenedor, es decir persona física o jurídica titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial, la subida del alquiler será la pactada entre las partes, si bien no podrá superar el 2%.
Si el arrendador no es un gran tenedor, el incremento de la renta podrá ser superior al 2% si lo aceptan ambas partes. Si no llegan a un acuerdo, la subida no excederá el resultado de aplicar la variación anual del IGC (Índice de Garantía de Competitividad), con un máximo del 2%.
¿Se puede aplicar la subida del IPC al actualizar la renta de alquiler?
No. El arrendador de una vivienda, cuando llegue el momento de la actualización anual de rentas, no podrá aplicar el IPC, aunque esté estipulado en el contrato, sino el IGC (Índice de Garantía de Competitividad).
¿Quieres saber como cambiará el precio de venta o alquiler en tu zona?
Si finalizan todas las prórrogas del arrendamiento, ¿tiene que abandonar la vivienda el inquilino?
Los contratos de alquiler de vivienda habitual que lleguen a término el contrato o cualquiera de sus prórrogas entre el 28 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2023 se prorrogarán, a petición del inquilino, durante otros seis meses desde la fecha de finalización, manteniendo todas sus condiciones.
La prórroga no se aplica si el arrendador necesita la casa para destinarla a vivienda permanente para él o para sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en casos de separación o divorcio, siempre que en el contrato se hubiera fijado este caso.
Si un propietario tiene un proceso de desahucio contra un inquilino, en la fecha del lanzamiento, ¿tiene derecho a recuperar su vivienda?
El Gobierno también ha ampliado hasta el 30 de junio la suspensión de procedimientos de desahucios y de lanzamientos en los casos de desahucio de inquilinos considerados vulnerables, sin alternativa habitacional.
Se podrá suspender el lanzamiento si la vivienda pertenece a personas jurídicas o a personas físicas titulares de más de diez viviendas.
Están surgiendo asociaciones de arrendadores para solicitar compensaciones al Estado
Considera injusto que el Gobierno no establezca compensaciones a los propietarios ante este perjuicio económico. “El impacto de estos cambios supondrá una presión financiera para los propietarios independientes, mucho de ellos hipotecados y con un euribor creciendo.
Las empresas de otros sectores, como los proveedores de energía, han recibido ayudas del gobierno para aliviar el impacto de estos cambios, y piden que sea tratado de forma justa y de la misma manera que los demás.
Las asociaciones y agrupaciones de propietarios se oponen a esta medida, que se aprobó inicialmente en marzo de 2022 como una medida limitada a tres meses, y que corre el riesgo de convertirse en una limitación permanente mientras se mantengan las altas tasas de inflación.
El 95% de los arrendadores en España son pequeños propietarios que utilizan las rentas para completar sus sueldos y pensiones, y están sufriendo los rigores de la inflación en su actividad inmobiliaria, un efecto que no están pudiendo trasladar a los precios, pese a que la Ley de Arrendamientos Urbanos que rige los contratos contempla esta posibilidad.
Además, esta medida limitará aún más el número de viviendas disponibles en alquiler. Muchos propietarios preferirán dejar sus inmuebles vacíos o venderlos, porque no están dispuestos a acometer las obras necesarias, para mejorar la eficiencia energética o simplemente la renovación que necesita la vivienda para ser alquilada.
Esta creciente inseguridad jurídica en el mercado del alquiler está produciendo una reducción de la oferta, que agrava el problema de acceso a la vivienda. Y si le sumamos el endurecimiento de las condiciones de la financiación para la compra de vivienda, todo está provocando un incremento de la demanda de viviendas en alquiler.
Esta limitación, está reduciendo el mercado de pisos en alquiler, haciendo imposible el acceso a la vivienda a los colectivos vulnerables, aquellos que se pretende proteger.
Algunos medios de comunicación están intentando demonizar a los arrendadores
Se está empezando a ver en distintos medios de comunicación un intento de demonizar a los propietarios arrendadores, un ejemplo de ello, se puede ver en el video del siguiente link
No hay que dejar de condenar estas situaciones cuando ocurren de forma puntual, pero tampoco podemos generalizar.
Gracias a muchos arrendadores que han destinado sus ahorros para comprar y arrendar viviendas o a herederos que han preferido arrendar antes que vender, se está dando solución habitacional a muchos inquilinos que no pueden permitirse comprar una vivienda.
Desde que te surge la idea, hasta que le entregas las llaves al nuevo propietario
Si estas pensando en vender y te has preguntado cuanto tiempo tardaras y porque etapas tienes que pasar, en este video lo explico de forma clara, para que puedas planificarte en el tiempo.
En una línea de tiempo, se explica todas las fases por las que hay que pasar desde que tomas la decisión de vender, hasta que entregas las llaves de la vivienda y como lo hacemos nosotros en gesticasa.es
Una vez que tengas claro que quieres vender, lo primero que haremos será todo lo explicado en el video del precio(*):
– Analizar el mercado inmobiliario de tu zona (pincha aquíy descárgate un Informe del Mercado Inmobiliario de Huelva)
– Hacer una valoración del inmueble (pincha aquí y realiza una valoración de forma on-line, en menos de 1 minuto y 100% GRATIAS)
– Fijar el precio
(*) El video del precio es el primero de una serie de tres, y si te interesa verla, pincha en el siguiente botón, además podrás descargarte 100% GRATIS distintas herramientas muy útiles para la venta
Después de fijar un precio de venta, recopilaremos toda la documentación jurídico administrativa
Vemos las cargas que tiene y el coste de levantarlas
Vemos si hay alguna inscripción pendiente en el Registro de la Propiedad
Calculamos la plusvalía, cuanto tendrás que pagarle a Hacienda y todos los gastos de la venta
Con todo claro y sabiendo que no habrá ningún susto de ultima hora firmaremos el encargo de venta donde fijaremos:
El periodo de comercialización, de 4 a 6 meses, que nos de tiempo poner en marcha un plan de marketing y podamos recibir resultados.
El precio
Los honorarios
El plazo de entrega
Iniciar la venta con todo esto definido desde el principio, genera mucha seguridad para los vendedores y es fundamental para cerrar ventas clara y transparentes
Realizaremos las acciones de marketing que se explican en el video de marketing y promoción, organizaremos las visitas, empezaran a llegar ofertas y habrá que sentarse a negociar.
Cerraremos la venta firmamos el contrato de arras, dejando claro
-La forma de pago
-Los gastos
-La fecha de escrituras
-La fecha de entrega material de la vivienda
Si los compradores necesitan financiación, nosotros estaremos en continuo contacto con los bancos, gestionaremos la solicitud y formalizaremos el préstamo hipotecario la tasación, y la notaría
Teniendo controlada la hipoteca tendremos controlada la compraventa
Se firmaran las escrituras de venta, se entregan las llaves y se harán los cambios de suministro y por último, nosotros presentamos la plusvalía en el ayuntamiento
Y antes de iniciarse los periodos de presentación del IRPF, enviaremos un informe con las ganancias patrimoniales para que no te olvides de declararlo, porque estarás obligado.
¿Cuánto se tarda en hacer todo esto?
Desde que tomas la decisión de vender hasta que se firma el encargo, de 5 a 10 días
Desde la firma del encargo hasta el contrato de arras entre 25 y 35 días, si hemos fijado un precio real de venta y hemos realizado una buena promoción y difusión
Desde las arras hasta las escrituras, entre 60 y 70 días, si no hemos cometido errores al seleccionar al comprador.
Este periodo se ha incrementado con la nueva ley de créditos inmobiliarios, que ha incorporado una medida de seguridad donde el comprador tiene que firmar unas actas notariales y después esperar 10 días hasta firmar las escrituras definitivas.
Desde la firma de las escrituras hasta la entrega de llaves, estopuede ser todo el mismo día o puede fijarse un plazo de 30días, para que los vendedores saquen sus muebles y enseres. Esto se acuerda al inicio del proceso, cuando se fijan los plazos de entrega en el encargo de venta.
Y al año siguiente de la venta, tendrás que declarar fiscalmente las ganancias patrimoniales.
Si no quieres tener ningún susto de última hora, descárgate más abajo la calculadora de la nueva plusvalía para saber cuánto tendrás que pagarle al ayuntamiento y una calculadora de ganancias patrimoniales para saber cuánto pagaras en el IRPF.
En marzo de 2022 se aprobó en el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, en el que se incluye la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda.
Se trata de una medida principalmente vinculada a limitar la subida del precio del alquiler a causa de la guerra.
Desde comienzos de 2021 el IPC, el índice por el que se mide la inflación y por el que la mayoría de contratos de alquiler se rigen, ha ido subiendo sin precedentes.
IPC
Julio 2022
10,8
Junio 2022
10,2
Mayo 2022
8,7
Abril 2022
8,3
Marzo 2022
9,8
Febrero 2022
7,6
Enero 2022
6,1
Fuente INE
Con estas cifras, un inquilino con un alquiler de 1.000 euros que renueve su alquiler en el mes de julio en función del IPC podría ver su renta mensual aumentada en 108 euros, lo que supone un aumento del precio del alquiler de 1.296 euros al año.
En este sentido y con previsión de que esta subida no pare de en los próximos meses a raíz de la guerra, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la limitación de la subida de las renta de alquiler.
Con este límite los alquileres no podrán subir más de un 2% la renta.
Cómo funcionará la limitación temporal de la subida del precio del alquiler
Los contrato de alquiler de vivienda habitual cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato, desde la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2022, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, estableciéndose que, en ausencia de pacto, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad, un índice situado actualmente en el 2% y que no puede superar ese porcentaje de acuerdo con su definición.
Así, las subidas de precios de los alquileres se desvinculan del IPC
Con esta nueva fórmula, si actualizamos en julio de 2022 una renta de alquiler de 1.000 euros, se incrementará en 20 euros, lo que supondrá una subida anual de 240 euros, 756 euros menos al año que si se actualizase con el IPC actual.
En el caso de los grandes propietarios -aquellos que tienen más de diez inmuebles urbanos o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluidos garajes y trasteros- el tope del 2% será impuesto por imperativo legal si tienen que actualizar la renta por cumplimiento de su anualidad.
Acabamos de despedirnos de uno de los años más complejos para el mercado inmobiliario de Huelva. Los ERTES, las pérdidas de poder adquisitivo y las limitaciones de movimiento han sido los grandes protagonistas del año que acabamos de dejar.
De la misma manera, 2021 continuará ligado a la evolución de la pandemia sanitaria y a la vacunación masiva de la población. Es un momento de máxima incertidumbre, y esperamos un primer semestre complicado, y creemos que a partir de verano empezaremos a remontar.
El mercado de alquiler afronta un panorama impredecible por la falta de seguridad jurídica, que puede repercutir negativamente en la oferta, reduciéndose aun más y endurecer el acceso a determinados colectivos.
Continuará la misma tendencia de 2020: pocas viviendas en alquiler y mucha demanda de arrendamientos, lo que mantendrá los altos precios de alquiler.
Además, la inestabilidad laboral y los bajos sueldos harán que las familias tengan dificultades frente a las altas rentas de alquiler, aumentando así los retrasos e impagos.
Si a este escenario le sumamos las nuevas normativas en materia de alquiler que generan inseguridad jurídica a los propietarios, durante 2021 los arrendamientos onubenses serán una olla a presión.
En gesticasa.es analizando profundamente los riesgos de cada arrendamiento, para evitar las inseguridades de nuestros propietarios
Compraventa
Durante 2021 la demanda estará contenida, ya que muchas familias han postergado su decisión de comprar esperando un futuro más predecible y certero. Los compradores que nos encontramos actualmente, buscan oportunidades a buen precio y aun así, exigen descuentos.
La misma precariedad laboral que afecta al mercado del alquiler también afecta a la compraventa de viviendas, y las entidades financieras están endureciendo las condiciones para acceder a un préstamo hipotecario. Así, el escenario que nos encontraremos a corto y medio plazo, estará condicionado por la financiación.
Se prevén muchas compraventas frustradas debido a las dificultades para acceder a financiación; por ello, en gesticasa.es prestamos especial atención a seleccionar sólo a compradores solventes y con potencial financiero
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