Si durante el ejercicio 2022 alquilaste o vendiste un inmueble estás obligado a declararlo
Fechas para confeccionar la declaración de Renta 2022:
- 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
- 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
Si utilizaste la mediación profesional de gesticasa.es, recibirás como todos sus clientes, un Informe Fiscal con los datos de la operación inmobiliaria realizada para que te resulte mas sencillo elaborar la Renta.
Además, para que hagas estimaciones o simplemente sepas antes de hacer la renta, cuántos impuestos tendrás que pagarle a Hacienda por vender o arrendar un inmueble, hemos creado las siguientes calculadoras fiscales:
Si has vendido una vivienda, pincha en el siguiente botón:
Si has arrendado una vivienda, pincha en el siguiente botón:
De forma GRATUITA, on-line y en menos de un minuto podrás saber cómo afectan las distintas operaciones inmobiliarias a tu declaración de la renta.
Si conoces a alguien, que le preocupan los impuestos por vender o alquilar una vivienda, y crees que le resultará interesante realizar una estimación con nuestras calculadoras, envíale este post utilizando los botones de arriba o abajo de las redes sociales.
Además de las ganancias por las ventas de inmuebles y los rendimientos de los arrendamientos, también debes incluir en la fiscalidad inmobiliaria las imputaciones de renta. Si eres propietario de inmuebles que no se han vendido, ni se han alquilado y no han sido tu residencia habitual, deberás declarar una renta como si hubieres obtenido ingresos por el mero hecho de ser propietarios de los inmuebles y haberlos tenido a su disposición.
Las ganancias patrimoniales, forman parte de la base imponible del ahorro y para 2022 se le aplicaran los siguientes tipos impositivos:
Tramo de Base imponible del ahorro | Tipo impositivo aplicable |
menos de 6.000,00€ | 19% |
6.000,00€ – 50.000,00€ | 21% |
50.000,00€ – 200.000,00€ | 23% |
más de 200.000,00€ | 26% |
Existen algunas exenciones que permiten no tributar las ganancias patrimoniales, como por ejemplo:
- Vivienda habitual: si se vende la vivienda habitual y se reinvierte el dinero obtenido en otra vivienda habitual en un plazo máximo de dos años antes o después de la transmisión.
- Mayores de 65 años o persona en situación de dependencia severa o gran dependencia, si vende su vivienda habitual.
En cualquier caso, es importante tener en cuenta que las circunstancias específicas de cada caso pueden variar, por lo que te recomendamos que consultes a un asesor fiscal especializado que te dé información precisa y detallada.
0 comentarios